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Mijas refuerza desde el 1 de octubre las normas para patinetes con la ley estatal

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor el 1 de octubre y añade casco obligatorio, edad mínima de 15 años y visibilidad a 150 metros a la ordenanza de Mijas.

Álvaro Gómez Payo
Álvaro Gómez Payo
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La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor el 1 de octubre y añade obligaciones estatales a la ordenanza municipal de Mijas. La Policía Local pide a los usuarios que conozcan las nuevas reglas antes de circular.

Los conductores de vehículos de movilidad personal (VMP) que circulen por Mijas tendrán que cumplir desde el 1 de octubre de 2026 las nuevas obligaciones que introduce la reforma del Reglamento General de Circulación. Estas normas estatales se suman a las que ya recoge la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del municipio, en vigor desde antes.

El concejal de Policía Local y primer teniente de alcalde, Juan Carlos Cuevas, ha explicado que el objetivo es que los usuarios tengan claro el marco que se aplica a partir de esa fecha.

«Los usuarios deben conocer con claridad qué normas deben cumplir a partir del 1 de octubre. Mijas ya cuenta con una regulación específica para los patinetes y ahora se incorporan las nuevas obligaciones establecidas para toda España», ha señalado Cuevas.

Entre las novedades estatales destaca el uso obligatorio del casco para los conductores de VMP. También se fija una edad mínima de 15 años, la misma que ya contemplaba la ordenanza de Mijas, y la obligación de señalizar con el brazo las maniobras. Durante la noche o con poca visibilidad, será necesario llevar elementos luminosos o reflectantes, como el chaleco, que permitan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros. La exigencia de alumbrado en los VMP llegará el 1 de octubre de 2027.

La normativa municipal que ya se aplica en Mijas establece que los VMP son de uso individual, prohíbe circular por aceras, paseos y zonas peatonales, y veta el uso de teléfonos móviles, cascos o auriculares mientras se conduce. Los usuarios están sujetos además a las mismas restricciones de alcohol y drogas que el resto de conductores.

En las zonas compartidas con peatones, el conductor deberá bajarse del vehículo cuando no pueda mantener al menos un metro de distancia o avanzar cinco metros en línea recta de forma continuada. Los peatones tienen prioridad en todo caso. A este marco se añaden las obligaciones estatales de inscripción de los VMP en el registro correspondiente y de contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil, según los requisitos y periodos transitorios fijados para estos vehículos.

Desde la Policía Local se mantendrá la labor informativa para facilitar la adaptación de los usuarios. El concejal ha insistido en que el patinete es un vehículo y su uso conlleva obligaciones.

«El patinete es un vehículo y utilizarlo implica unas obligaciones. Conocer las normas y respetarlas es fundamental para circular con seguridad y garantizar la convivencia con peatones y con el resto de usuarios de la vía», ha concluido Cuevas.

Las nuevas reglas estatales entran en vigor el 1 de octubre de 2026; la obligación de alumbrado en los VMP no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027.

Álvaro Gómez Payo

Escrito por

Álvaro Gómez Payo

Redactor

Ciencias Políticas por la Universidad de Málaga y asiduo de los plenos más largos. Malagueño de pura cepa, cafetero y con paciencia infinita para la burocracia; lleva años contando la política y la sociedad de la provincia.